JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Quince (15) de Febrero de 2.011.-
200º y 151º
Visto la diligencia de fecha Diez (10) de febrero del presente año, suscrita por la ciudadana CARMEN ADELA SANDOVAL DE MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 2.874.464, asistida por el Abogado en Ejercicio HOMERO TINIACOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 117.409, este Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia SUSPENDE MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha Veintiocho (28) de Enero de 2.002, sobre un (01) apartamento, distinguido con las siglas N° 1-A, ubicada en el Primer Piso del Edificio denominado Residencias KARLA PATRICIA, situación un inmueble constituido por un apartamento, con el Nro. 2-2; situado en la calle 14 signado con el Nro. 15-A-1-58, en la Urbanización LAGO MAR BEACH CLUB, manzana D, PARCELA 81 EN LA JURISDICCIÓN DE LA Parroquia Juana de Ávila del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia; el cual tiene una superficie aproximada de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140,oo mts2), con las siguientes dependencias: Sala, comedor, cocina, vestiré en la habitación principal, tres (03) habitaciones, dos (02) salas sanitarias, lavadero, estacionamiento para dos (02) vehículos y dos unidades de aire acondicionado central de 4.5 toneladas; y comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: con la fachada B y el apartamento 1-B; SUR: con la fachada A; ESTE: con la fachada B, y OESTE: con la fachada D; según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha Veintisiete (27) de Mayo de 1.999, bajo el Nro. 10, Tomo 19, Protocolo Primero.- Ofíciese lo conducente a la respectiva oficina.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.- LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-
En horas de despacho; siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.)
se dictó resolución y se asentó en el Libro de Sentencias bajo el nro. .-
Asimismo, en la misma fecha se libro oficio signado bajo el Nro. -2.011.-
LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-
CRF/mc*.-
Exp. Nro. 6.262.-
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