REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 24 de febrero de 2011
200° y 152°
Recibida la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, presentada por la ciudadana ROSA CONSUELO OQUENDO DE DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.110.821, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistida por la profesional del derecho, ciudadana RUFINA VARGAS, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad N° 4.535.275, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el N° 37.899, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Désele entrada. Numérese. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien, solicita la ciudadana ROSA CONSUELO OQUENDO DE DUARTE, debidamente asistida por la profesional del derecho, ciudadana RUFINA VARGAS, antes identificada, que le sean declarados los derechos que tienen en común ella y sus hijos ciudadanos MIRTHA ARISROS DUARTE OQUENDO, MARTINA ROSARYS DUARTE OQUENDO, MARTIN ARISTIDES DUARTE OQUENDO, MILDRED JOSEFINA DUARTE OQUENDO, MAUREN ALEJANDRO DUARTE OQUENDO, MAXSULEIDI CONSUELO DUARTE OQUENDO y MIGDALIA PATRICIA DUARTE OQUENDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.729.532, 8.502.235, 21.230.329, 11.394.948, 13.100.568, 13.100567 y 18.319.565, respectivamente y de este domicilio, como únicos y universales herederos de su causante ARISTIDES DE JESÚS DUARTE RAMOS, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 1.694.109, quien falleció en fecha 21 de octubre de 2008, en Jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia. La solicitante acompaña junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción del causante ARISTIDES DE JESÚS DUARTE RAMOS, signada con el N° 733, año 2008, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 28 de octubre de 2008; 2) Copia certificada del acta de matrimonio de la ciudadana ROSA CONSUELO OQUENDO y ARISTIDES DE JESÚS DUARTE RAMOS, signada con el N° 403, Libro 03, año 1965, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 29 de octubre de 2008; 3) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MIRTHA ARISROS DUARTE, signada con el N° 2103, Libro 2-6, año 1966, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 30 de octubre de 2008; 4) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MARTINA ROSARY DUARTE, signada con el N° 2793, Libro 2-8, año 1967, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 30 de octubre de 2008; 5) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano MARTIN ARISTIDES DUARTE, signada con el N° 3877, Libro 1-10, año 1969, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 30 de octubre de 2008; 6) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MILDRED JOSEFINA DUARTE, signada con el N° 288, Libro 1-1, año 1971, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 30 de octubre de 2008; 7) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano MAUREN ALEJANDRO DUARTE OQUENDO, signada con el N° 313, Libro 01, año 1977, expedida por el Registro Civil del Municipio Machiques de Perija del Estado Zulia, en fecha 30 de octubre de 2008; 8) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MIGDALIA PATRICIA DUARTE OQUENDO, signada con el N° 2795, Libro 7, año 1984, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 03 de noviembre de 2008;9) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MAXSULEIDI CONSUELO DUARTE OQUENDO, signada con el N° 380, Libro 01, año 1979, expedida por el Registro Civil del Municipio Machiques de Perija del Estado Zulia, en fecha 30 de octubre de 2008; 10) Justificativo de testigos evacuado ante la Notaria Pública de San Francisco del Estado Zulia, en fecha 25 de noviembre de 2008 y 11) Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los ciudadanos MIRTHA ARISROS DUARTE DE BLANCO, MARTINA ROSARY DUARTE OQUENDO, MARTIN ARISTIDES DUARTE OQUENDO, MILDRED JOSEFINA DUARTE OQUENDO, MAUREN ALEJANDRO DUARTE OQUENDO, MIGDALIA PATRICIA DUARTE OQUENDO, MAXSULEIDI CONSUELO DUARTE OQUENDO, ROSA CONSUELO OQUENDO DE DUARTE y del causante ARISTIDES DE JESÚS DUARTE RAMOS. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por el solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos del causante ARISTIDES DE JESÚS DUARTE RAMOS, a los ciudadanos ROSA CONSUELO OQUENDO DE DUARTE, MIRTHA ARISROS DUARTE DE BLANCO, MARTINA ROSARY DUARTE OQUENDO, MARTIN ARISTIDES DUARTE OQUENDO, MILDRED JOSEFINA DUARTE OQUENDO, MAUREN ALEJANDRO DUARTE OQUENDO, MIGDALIA PATRICIA DUARTE OQUENDO, MAXSULEIDI CONSUELO DUARTE OQUENDO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.110.321, 9.729.532, 8.502.235, 9.758.227, 11.394.948, 13.100.568, 18.319.565 y 13.100.567, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original al solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría las cinco (5) copias certificadas solicitadas. Expídase.
LA JUEZ TITULAR

XIOMARA REYES LA SECRETARIA TITULAR

MARIELIS ESCANDELA

XR/isa.