En horas de despacho del día de hoy, viernes veinticinco (25) de febrero de 2011, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Tribunal de Protección del Niño y Del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No.4, relacionada con el juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que sigue NERIBETH CHIQUINQUIRÁ VILLALOBOS RUIZ contra el ciudadano WILMAN ALBERTO URDANETA QUINTERO, titular de la cédula de identidad número 14.497.801.- El Tribunal deja constancia que se traslado a las oficina donde funciona la empresa DICORI, adscrito a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, y una vez en sitio, fuimos atendido por una ciudadana quien se negó a identificarse y expuso que esa oficina no era la indicada para recibir la notificación, en virtud de lo expuesto, este Tribunal procede a retirarse a su lugar de origen y ordena fijar nueva oportunidad previa solicitud de la parte interesada.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez

Abog. Guillermo Infante

La Secretaria Temp.





Comisión 4884-11.-