En horas de Despacho del día de hoy LUNES CATORCE (14) de Febrero de dos mil Once (2011), siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo ejecutivo decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONITRATO, sigue la ciudadana MELVIS ARTEAGA DE VIZCAINO, contra el ciudadano RAMIRO VALBUENA CANQUIS. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, Abogado GUILLERMO REINA, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, ubicado en la avenida 22 con calle No. 27, Sector Indiomara. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar a EVANY DEL VALLE MEDINA LAPLACELIERI, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.788.560, con el carácter de SUB-GERENTE del banco donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida las Cuentas Corriente N° 116-0144-83-0007748590 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha cuenta y el saldo disponible para el momento de la presencia del Tribunal a lo cual contestó: “Dicha Cuenta pertenece a el ciudadano RAMIRO VALBUENA CANQUIS el saldo disponible es la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINITA Y SIETE BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 69.337,18). En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINITA Y SIETE BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 69.337,18) que posee el ciudadano RAMIRO VALBUENA CANQUIS, parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta Corriente numero 116-0144-83-0007748590, a fin de que sea embargada ejecutivamente, conforme a lo decretado. Vista la anterior exposición, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO EJECUTIVAMENTE LA CANTIDAD DE SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINITA Y SIETE BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 69.337,18). QUE POSEE EL CIUDADANO RAMIRO VALBUENA CANQUIS, PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA CORRIENTE NUMERO No. 116-0144-83-0007748590 Y ASI SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que recibe en este acto, Cheque de Gerencia signado bajo el número 04069031, girado contra BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, a nombre del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, POR LA CANTIDAD DE SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINITA Y SIETE BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 69.337,18). En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, expuso: “Por cuanto el monto embargo no cubre la cantidad decretada por el tribunal de la causa me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada”. Vista la exposición este Tribunal procede a trasladarse al sitio indicado. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ :
LA NOTIFICADA:

ABOG. GUILLERMO INFANTE


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA

LA SECRETARIA (T):
COMISION No. 4821-10
EXP. No. 44.859