En horas de despacho del día de hoy, once (11) de febrero de 2011, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el Tribunal de Protección del Niño y Del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 1, relacionada con el juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que sigue LILIANA DEL VALLE MÉNDEZ MÉNDEZ contra el ciudadano CARLOS GREGORIO SOTELDO GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 9.783.771.- El Tribunal deja constancia que se traslado a las oficina donde funciona el Rectorado de la Universidad del Zulia y al llegar al sitio el mismo se encontraba tomado por los empleados de la Universidad, en virtud de lo expuesto, este Tribunal procede a retirarse a su lugar de origen y ordena fijar nueva oportunidad previa solicitud de la parte interesada.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez
Abog. Guillermo Infante
La Secretaria Temp.
Comisión 4861-11.-
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