REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.999.-
En el día de hoy, 04 de Febrero del año dos mil once, siendo las 10:00 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Farmacia “LA FUSTA”, ubicada en la av. 25 con calle 65 al lado de la Peña Hípica El Gran Tío Cheo del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 18740. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana YESSICA ANTUNEZ HIDALGO, portadora de la Cédula de Identidad No. 18.625.693, a favor del niño xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en contra del ciudadano ADELSO JOSE CARRASQUERO FERRER, portador de la Cédula de Identidad No. 16.607.116.- En este estado presente el ciudadano (a): ZULAY ARAUJO, titular de la Cédula de Identidad No. 7.890.442, quién se identifico con el carácter de CAJERA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida Preventiva de Embargo sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que devenga el demandado ciudadano ADELSO JOSE CARRASQUERO FERRER, quien se desempeña en la actualidad como empleado en la Farmacia La Fusta.- B) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos y útiles escolares.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades o bonificaciones especiales que le correspondan al demandado.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las prestaciones sociales y fideicomiso..- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “ A, B y C” deberán ser entregados directamente a la ciudadana YESSICA ANTUNEZ HIDALGO, antes identificada, y la establecida en el literal “D” deberá ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP. No. 18740. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES.- Asimismo se ordena informar al Juzgado de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECALRA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE. Las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:05 AM.-
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LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABOG. JUAN CARLOS URDANETA
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