REPUBLICA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISIÓN: 5012-11

En el día de hoy lunes veintiuno (21) de febrero del año dos mil once (2011), siendo las nueves y diez minutos de la mañana (09:10 AM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un apartamento signado con el No.7C, piso 7, en el edificio ESTEPHANIA, ubicada en la calle 84 con avenida 16 delicias, esquina con calle el Carmen. En Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora abogada FANNY LEON FARIA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.812.617, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 23.010, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la medida de Permanencia decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA JUICIO JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con motivo del Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue el ciudadano LUIS JOSE AGUAIDA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 10.213.143, en contra de la ciudadana MARIE LORENA BOLIVAR CARROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 10.916.850. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana MARIE LORENA BOLIVAR CARROZ, antes identificada, quien es parte demandada en el presente juicio. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada FANNY LEON FARIA, antes identificada, expuso: “Solicito al Tribunal le de cumplimiento a la presente comisión, en consecuencia ejecute la Medida de Permanencia en el hogar donde nos encontramos constituido a favor de la Ciudadana MARIE LORENA BOLIVAR CARROZ, antes identificadas, junto con sus dos hijos que llevan por nombre XXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXX, en el inmueble que funcionaba como hogar conyugal.” Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, ordena la PERMANENCIA a la ciudadana MARIE LORENA BOLIVAR CARROZ, antes identificada, junto con sus dos hijos que llevan por nombre XXXXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXX, en el inmueble constituido por un apartamento signado con el N° 7C, piso7, edificio ESTEPHANIA, ubicado en la calle 84 con avenida 16, esquina con calle el carmen, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el cual ha servido como hogar conyugal, mientras dure el presente juicio. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la diez y veinte minutos de la mañana (10:20 AM), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LA NOTIFICADA – PARTE DEMANDADA




LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA TEMPORAL


ABG. KAREN NUÑEZ.