REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes
Cabimas, 17 de Febrero de 2011
200º y 151º
ASUNTO: VI21-V-2010-000635.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA: No. 0240-11.-
CAUSA PRINCIPAL: DIVORCIO ORDINARIO
PARTE DEMANDANTE: JOSUE LEONCIO FERNANDEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.826, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: Abg. JAIRO PULGAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 56.721.
PARTE DEMANDADA: ANDREA MERCEDES MARIN BOTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.831.780, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. YRCI CHACIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 127.609.
Niños (a) y/o Adolescentes: SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA
Se inició la presente causa en fecha primero (01) de noviembre de 2010, mediante demanda presentada por el ciudadano JOSUE LEONCIO FERNANDEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.826, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra la ciudadana ANDREA MERCEDES MARIN BOTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.831.780, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, invocando la causal Segunda del Articulo 185 del Código Civil vigente.
En fecha diecisiete (17) de febrero de 2.011, se realizó el anuncio público para la celebración de la Audiencia de sustanciación, previsto en el articulo 473 de la LOPNNA, en el presente asunto de Divorcio Ordinario, en la sala de audiencia de este Circuito Judicial de Protección, compareciendo de manera personal al mismo, las partes intervinientes en este procedimiento de Jurisdicción contenciosa.
En este caso bajo estudio se observa que compareció la parte actora a la Audiencia Preliminar de Sustanciación y desitió del presente procedimiento de Divorcio Ordinario y por cuanto se encuentra la parte demandada ciudadana ANDREA MERCEDES MARIN BOETRO, manifiesta estar de acuerdo con el desistimiento planteado por el ciudadano JOSUE LEONCIO FERNANDEZ CASTRO, en consecuencia, se considera desistido el procedimiento y terminado el proceso. ASÍ SE DECIDE.
Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, con fundamento en los argumentos y las normas jurídicas antes señaladas, resuelve:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, del presente asunto, interpuesto por el ciudadano JOSUE LEONCIO FERNANDEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.826, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra la ciudadana ANDREA MERCEDES MARIN BOTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.831.780, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de dos mil once (2.011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. CARLOS LUIS MORALES GARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. YAJAIRA CHIRINOS MONTERO
En esta misma fecha, se dicto y publico el fallo que antecede quedando registrado bajo el N° 0240-11 en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal.
LA SECRETARIA,
ABG. YAJAIRA CHIRINOS MONTERO
|