REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.

Cabimas, 17 de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO: VI21-V-2010-000456.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA: No. 0235-11.-
CAUSA PRINCIPAL: INQUISICION DE PATERNIDAD
PARTE DEMANDANTE: YUDITHMAR DEL CARMEN ALVAREZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.350, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: Abg. ANABEL SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 37.840.
PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.402.522, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Niño (a) y/o Adolescente: SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA

Se inició la presente causa en fecha veinticuatro (24) de noviembre de 2010, mediante demanda presentada por la ciudadana YUDITHMAR DEL CARMEN ALVAREZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.350, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra el ciudadano JUAN CARLOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.402.522, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia., en beneficio del niño SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNAEn fecha diecisiete (17) de febrero de 2.011, se realizó el anuncio público para la celebración de la Audiencia de mediación, previsto en el articulo 468 de la LOPNNA, en el presente asunto de Inquisición de Paternidad, en la sala de audiencia de este Circuito Judicial de Protección, compareciendo de manera personal al mismo, las partes intervinientes en este procedimiento de Jurisdicción contenciosa.

En este caso bajo estudio se observa que compareció la parte actora a la Audiencia Preliminar, y desiste del presente procedimiento en virtud del reconocimiento voluntario del ciudadano JUAN CARLOS ESPINOZA, de su hijo SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de tres (03) años de edad, en consecuencia, se considera desistido el procedimiento y terminado el proceso. ASÍ SE DECIDE.

Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, con fundamento en los argumentos y las normas jurídicas antes señaladas, resuelve:

PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y ENTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto, interpuesto por la ciudadana YUDITHMAR DEL CARMEN ALVAREZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.239.350, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra el ciudadano JUAN CARLOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.402.522, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia..
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de dos mil once (2.011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. CARLOS LUIS MORALES GARCIA
LA SECRETARIA

ABG. YAJAIRA CHIRINOS MONTERO

En esta misma, se dicto y publico el fallo que antecede quedando registrado bajo el N° 0235-11 en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal.
LA SECRETARIA,

ABG. YAJAIRA CHIRINOS MONTERO
CLMG/mg.-