REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.

Cabimas, 11 de febrero de 2011
200º y 151º

ACTA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR EN SU FASE DE MEDIACIÓN

ASUNTO: VP21-J-2011-000082
Causa principal: CURATELA
Solicitante: LERWINS JOSE FUENMAYOR RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.068.830, domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia.
Abogada Asistente de la parte solicitante: Abg. DIAMELIS SANCHEZ, Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Niños: SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA

En horas de despacho del día de hoy 11 de febrero de 2011, día fijado para celebrar la Audiencia Única prevista en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando presente el Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas Abg. CARLOS LUIS MORALES GARCIA y la Secretaria Abg. YAJAIRA JOSEFINA CHIRINOS MONTERO y anunciada la Audiencia Única, tal como fue fijado, mediante auto de fecha 21 de enero de 2011, se deja constancia de la no comparecencia del ciudadano LERWINS JOSE FUENMAYOR RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.068.830, domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, parte solicitante en el presente asunto, se deja constancia de la asistencia de la abogada DIAMELIS SANCHEZ, Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así mismo se deja constancia de la comparecencia del ciudadano ARMANDO JOSE FUENMAYOR MINDIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.175.396, domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia. Acto seguido se realizó el anuncio público para la celebración de la Audiencia Única para llevar a cabo la misma, de conformidad con lo previsto en el articulo 512 de la LOPNNA, en el presente asunto de CURATELA, en la sala de audiencia de este Circuito Judicial de Protección, no compareciendo de manera personal al mismo, las parte solicitante en este procedimiento. En cumplimiento al mandato ordenado en el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En este caso bajo estudio se observa que no compareció la parte actora a la Audiencia Única, en consecuencia, se declara DESISTIDO el procedimiento y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el Articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación de la solicitud de CURATELA, presentada por el ciudadano LERWINS JOSE FUENMAYOR RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.068.830, a favor de los niños SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. En Cabimas, a los once (11) días del mes de febrero de 2010. Año 200º y 151º.
EL JUEZ,

ABG. CARLOS LUIS MORALES GARCIA

LA SECRETARIA,


ABG. YAJAIRA CHIRINOS
En esta misma fecha siendo la Una y Cincuenta minutos de la tarde (01:50 a.m.), se dicto y publico el fallo que antecede quedando registrado bajo el Nº 0205-11 en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal

LA SECRETARIA.