ASUNTO : VP02-S-2011-000314
RESOLUCION: 427-11
Vista la solicitud presentada por la Abog. YANARI ALVILLAR POLANCO, en su carácter de Fiscala Auxiliar 33° del Ministerio Público, de fecha 18 de febrero de 2011, por ante el Departamento de Alguacilazgo mediante el cual solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Especial de Violencia y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. 24-F33-050-11, instruida en contra del ciudadano NEYSSER HANTH BARBOZA MONTIEL, por la presunta comisión del delito de TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el Artículo 56 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña (se omite el nombre articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y adolescente) , en virtud que la representación Fiscal necesita recabar declaraciones de testigos referenciales y realizar rastreo de los sitios que se encuentra detrás de los hoteles Bella, evaluación psicológica de la adolescente, inspección técnica entre otras diligencias de investigación ordenadas a practicar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. En consecuencia, este Tribunal, decide como punto previo hacer mención que las competencia de éste Juzgado se refiere a los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser ésta Ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA de conformidad a lo establecido en el artículo 79 de la referida Ley Orgánica, a la ciudadana Abog. YANARI ALVILLAR POLANCO, en su carácter de Fiscala Auxiliar 33 del Ministerio Público, OTORGAR LA PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscalia 33 del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado. CUMPLASE.-
EL JUEZ DE PRIMERO DE CONTROL,
ABOG. JOEL DARIO ALTUVE PATIÑO
LA SECRETARIA
ABOG. DORIS MORA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libro boleta de notificación a la Fiscalía 33 del Ministerio Público, a los fines de informarle la prorroga concedida.
LA SECRETARIA
ABOG. DORIS MORA
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