ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002300
PARTE ACTORA: DOUGLAS JOSE AMAYA CABRERA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: FRANCISCO BRACHO ESPINEL
PARTE DEMANDADA: GALAXY ENTERTAIMENT DE VENEZUELA, S.A. (DIRECTV).
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: YENNY CANO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 28 de Febrero de 2011, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado FRANCISCO BRACHO ESPINEL en su carácter de apoderado judicial del ciudadanos DOUGLAS JOSE AMAYA CABRERA y la abogada YENNY CANO en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAIMENT DE VENEZUELA, S.A. (DIRECTV), en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto presente la abogada YENNY CANO en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAIMENT DE VENEZUELA, S.A. (DIRECTV), expone:”Para dar por terminada la presente causa ofrezco por los conceptos demandado en el libelo de la demandad la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (BS.15.000,00), mas un (01) televisor de 32 PULGADA, MARCA SAMSUNG, que en copia de simple de garantía acompaña a las actas, para su identificación, el cual será entregado en las instalaciones de la empresa al ciudadano DOUGLAS JOSE AMAYA CABRERA, el día de hoy. En este acto presente el ciudadano DOUGLAS JOSE AMAYA CABRERA, asistido por le abogado FRANCISCO BRACHO ESPINEL, expone: Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada por cuanto con esta cantidad y el Televiso ante identificado, están satisfecho mi pedimento explanado en el libelo. Ambas parte aclara que como existe un error en el cheque de gerencia, emanado por la demandada por ser por la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.44.196,64), numero 09938166 de fecha Febrero del 2011, emitido por la entidad Bancaria Banesco, a nombre del ciudadano DOUGLAS AMAYA, en este acto la parte actora le entrega la diferencia a la parte demandada mediante un (01) cheque, por la cantidad VEINTINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.29.196,64), numero 32256868, de fecha 28 de Febrero del 2011, emitido por la entidad Bancaria Banco Mercantil, a nombre de la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAIMENT DE VENEZUELA, S.A. (DIRECTV). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hace entrega de las pruebas a las partes.
La Juez El Secretario
Abg.Ana Avila
Los Presentes