ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002314
PARTE ACTORA: JULIO JOSE LANDINO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: GLENNY URDANETA.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES MÉDICAS M.C., C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELOY FERNANDEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCICIALES
En el día hábil de hoy, 25 de Febrero de 2011, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JULIO JOSE LANDINO, asistido por la abogada GLENNY URDANETA y el abogado ELOY FERNANDEZ en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES MEDICAS M.C. C.A., en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en este acto presente el abogado ELOY FERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES MEDICAS M.C. C.A., expone: “Facultado para este acto ofrezco por los conceptos demandado en el escrito libelar la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.2.600,00), para el día 7 DE MARZO DEL 2011 por ante la unidad de recepción de documento es todo, en este acto el ciudadano JULIO JOSE LANDINO asistido por la abogada GLENNY URDANETA expone: “Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada por cuanto con esta cantidad están satisfecho mis pedimento explanado en el libelo de demanda, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. En este acto el tribunal hace entrega de las pruebas a las partes.
La Juez
El Secretario
Abg.Ana Avila
Los Presentes
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