REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
El Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, dieciséis (16) de Febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: VP01-L-2010-000012.-
En el día de hoy, dieciséis (16) de febrero de dos mil once (2011), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijados para la celebración de la Audiencia de Juicio en la causa signada con el Nº VP01-L-2010-000012, contentiva del juicio seguido por la ciudadana ORELIS ERICKSON PIRELA ROSAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.266.589, domiciliada en el municipio Páez del Estado Zulia, en contra de la sociedad mercantil CARBONES DE LA GUAJIRA, S.A., domiciliada en la ciudad y municipio Maracaibo del Estado Zulia y constituida por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 09 de Agosto de 1.994, bajo el N° 15, Tomo 15ª, varias veces modificados sus estatutos, siendo su última modificación la inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 23 de Octubre de 2009, anotada bajo el N° 42, Tomo 78-A; con motivo de demanda por concepto de Cobro de Indemnizaciones por Enfermedad Ocupacional estando presente en esta Sala de Audiencia el Dr. NEUDO FERRER GONZÁLEZ, quien preside este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, en su condición de Juez, en compañía de la ciudadana Abogada BERTHA LY VICUÑA, en su condición de Secretaria, y del ciudadano MARKUIS GUERRERO, en su condición de Alguacil, se procede a dar inicio a la presente Audiencia de Juicio. Previo anuncio de Ley dado a viva voz a las puertas de esta Sala por parte del Alguacil correspondiente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadana ORELIS ERICKSON PIRELA ROSAS, ni por sí ni por medio de apoderado. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por representante legal ni judicial. En este estado, en vista de la incomparecencia de las partes intervinientes, la norma adjetiva del trabajo prevé como sanción objetiva la extinción de la causa, ello de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece. En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDO EL PROCESO, en el juicio por Cobro de Indemnizaciones por Enfermedad Ocupacional, incoado por la ciudadana ORELIS ERICKSON PIRELA ROSAS, en contra de la sociedad mercantil CARBONES DE LA GUAJIRA, S.A., todos plenamente identificados en las actas procesales. Así se decide.-
EL JUEZ TITULAR,
NEUDO FERRER GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
BERTHA LY VICUÑA
En la misma fecha y estando presente en el lugar destinado para Despachar el ciudadano Juez, se dictó y publicó el fallo que antecede quedando registrado bajo el Nº PJ068-2011-000032.
La Secretaria
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