REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, 11 DE FEBRERO DE AÑO DOS MIL ONCE.-
200 º y 151º
Visto el desistimiento del procedimiento, suscrito por el ciudadano EFRAIN DEL VALLE FERNANDEZ NORIEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.788.431, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 140.256, parte actora en el presente juicio de Cobro de Bolívares Vía Intimación quien actúa en su Propio Nombre y Representación, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho Desistimiento. Devuélvanse las originales solicitadas previas su certificación en autos y entréguesele al interesado.-
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA
ABG. YOHISKA MUJICA
AURA-EXP-31926
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