REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 21 de Febrero de 2011
200º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000030
ASUNTO : NP01-D-2010-000030
JUEZA: DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. MARIA GABRIELA BRITO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
LA DEFENSA PRIVADA: ABG. FRANKLIN MORA
DELITO: OCULTAMIENTO ILICITO CON FINES DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
RESOLUCION: REVISIÓN DE MEDIDA

Este Tribunal procede a realizar la revisión de la Medida conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y adolescente impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, de la siguiente forma:

En fecha 14 de septiembre del 2010 es sancionada la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el Tribunal segundo de Control Adolescente, por la Comisión del Delito de OCULTAMIENTO ILICITO CON FINES DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, la Sanción de DOS (02) AÑOS BAJO LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y SEIS (06) MESES DE SERVICIO COMUNITARIO; de conformidad con lo establecido en los artículos 625 y 626, de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

En fecha 23 de septiembre del 2010 se dicta auto de ejecución de la sanción y en fecha 24 de Septiembre del 2010, es impuesta la sancionada de su obligación de dar cumplimiento a las medidas.
En fecha 18 de Febrero del 2011, se recibe oficio N° SSS-0040-2011 proveniente Departamento de Servicio social, contentivo de Informe de Evolución Conductual de la sancionada del cual se desprende: “..inicia sus presentaciones el 24/09/2010…Su Evolución es de Pronostico Favorable”

Por lo que este Tribunal determina que hasta el día de hoy 21/02/2011 la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con la medida Libertad Asistida por el lapso de CUATRO (04) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, considera prudente REVISAR Y MANTENER la misma, hasta su total cumplimiento.

DISPOSITIVA

En virtud de las observaciones realizadas de cumplimiento de la sanción impuesta, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley de conformidad con el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente REVISA Y MANTIENE la MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido con la medida Libertad Asistida por el lapso de CUATRO (04) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, considera prudente REVISAR Y MANTENER la misma, hasta su total cumplimiento. Impóngase al sancionado. Se fija como fecha para próxima Revisión el 20 de JUNIO del 2011. Notifíquese a las partes, ofíciese y envíese copia al SERVICIO SOCIAL. Cúmplase.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN.

ABG. DILIA MENDOZA BELLO.


LA SECRETARIA.

ABG. MARIA GABRIELA BRITO