ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002451

PARTE ACTORA: ANDREA CAROLINA BRAVO BRICEÑO

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado JESUS NOREMBER CAÑAS CONTRERAS, inpreabogado N° 145.488.

PARTE DEMANDADA: SERVICIOS INTEGRALES MAFFU, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Guido Urdaneta Sandrea, Inpreabogado N°

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 25 de Febrero de 2011, siendo las 3:09 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadana Andrea Bravo en su carácter de parte actora asistida por el apoderado judicial abogado Jesús Cañas y SERVICIOS INTEGRALES MAFFU, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Guido Urdaneta Sandrea, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará a la demandante la cantidad de veinte mil bolívares (Bs. 20.000,00) de la siguiente manera: Un primer pago el día 03/03/11 en la sede del Tribunal por la cantidad de diez mil bolívares (Bs. 10.000,00) y un segundo y último pago el día 04/04/11 en la sede del tribunal por la cantidad de diez mil bolívares (Bs. 10.000,00). Con estos pagos se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, intereses sobre antigüedad, salarios caídos, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido injustificado y utilidades. Declara la demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por nin gún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes sus escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

La Secretaria

Abog. Antonio Barroso

Los Presentes: