JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 31 de enero de 2011
200° - 151°
Exp. N° 773-07
En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente DEPÓSITO MAKPATO, C.A. en contra de la República Bolivariana de Venezuela; en fecha 24 de noviembre de 2010 este Tribunal admitió temporalmente el mencionado recurso, declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal, ordenándose notificar de la expresada decisión.
En fecha 20 de diciembre de 2010 el Alguacil de este Tribunal consignó la boleta de notificación dirigida a la contribuyente DEPÓSITO MAKPATO, C.A., recibido, firmado y sellado en la Oficina regional Occidental de la Procuraduría General de la República. El 20 de enero de 2011 se recibió oficio G.G.L. C.O.R. O.R.O No. 004124 de fecha 13 de diciembre de 2010 emanado de la Oficina Regional Occidental de la Procuraduría General de la República.
En razón de lo anterior, se considera que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente cumplida; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 26 de enero de 2011.
Ahora bien, por cuanto el 13 de diciembre de 2010 quien suscribe la presente Dr. Rodolfo Luzardo Baptista, Juez Titular de este Tribunal, se reincorporó a sus funciones, me AVOCO al conocimiento de la presente causa; en razón de lo cual, y en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la mencionada sentencia de fecha 24 de noviembre de 2010, este Tribunal declara firme dicha sentencia, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista.
La Secretaria,
Abog. Yusmila Rodríguez Romero
Resolución No. _______ - 2011.-
RLB/mtdlr.-
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