REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 10 de enero de 2011
200° y 151°
DECISIÓN No. 34-11 CAUSA No. 6C-13.793-08.-
Visto el escrito suscrito por la Defensa Privada Abg. AGUSTIN GUMERSINDO MONTES, en su carácter de defensor del imputado LEVIS JOSE RAMIREZ CAMPO, mediante el cual solicita las extensiones de las presentaciones de la imputada antes mencionada; este Tribunal para resolver observa:
En fecha 16 de Febrero de 2008, este Tribunal en presentación de imputado, decreto al ciudadano LEVIS JOSE RAMIREZ CAMPO, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de conformidad con lo establecido en los ordinal 3° y 4º del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en presentaciones por ante este juzgado cada quince (30) días y la prohibición de salida del país.
Ahora bien, el Tribunal previa verificación del Sistema de Presentaciones, constata que el imputado de auto ha dado cumplimiento a la medida impuesta por esta Autoridad; sin embargo en atención a la magnitud del daño ocasionado por el delito imputado, lo procedente es extender el lapso de presentaciones a noventa (90) días, por lo que considera procedente en derecho proveer conforme a lo solicitado por la defensa de autos, en consecuencia de lo cual SE ACUERDA EXTENDER A NOVENTA (90) DÍAS EL LAPSO DE LAS PRESENTACIONES del imputado de la presente causa, ya que del Control de Presentaciones se constato efectivamente que la mismo ha cumplido a cabalidad con las obligaciones impuestas por este Tribunal de Control hasta la presente fecha. ASÍ SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER A NOVENTA DIAS (90) DÍAS EL LAPSO DE LAS PRESENTACIONES, por ante este Tribunal del imputado LEVIS JOSE RAMIREZ CAMPO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 12.494.976. ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ SEXTA DE CONTROL,
DRA. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARD ECHETO MAS Y RUBI,
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el No. 34-11 y se libraron las boletas de notificación al imputado antes mencionado y a la Defensa Privada Abogado Agustín Gumersindo Montes, con oficio No. 130-11.
EL SECRETARIO,
ARHH/LP.
CAUSA No. 6C-13.793-08
ASUNTO No. VP02-P-2008-005282