REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
SECCIÓN DE ADOLESCENTES
JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL

Maracaibo, Trece (13) Enero de 2011.
200° y 151°


A C T A D E A U D I E N C I A P R E L I M I N A R


CAUSA N° 2C-2458-08 DECISION Nº 006-11

JUEZ SUPLENTE: DR. LIEXCER AUGUSTO DIAZ CUBA
SECRETARIA: ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ

L A S P A R T E S:
FISCAL 31º (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. FREDDY OCHOA PERALTA.
DEFENSA PÚBLICA Nº 04: Abg. LUISETTE JIMENEZ.
ACUSADO: (SE OMITE LA IDENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
DELITO: AUTOR EN EL DELITO DE PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 en concordancia con el articulo 276 del Código Penal.
VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO.


En el día de hoy, jueves trece (13) de enero de 2011, siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 AM), previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes, día fijado por éste Tribunal, de conformidad con el artículo 571 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa seguida en contra del adolescente (SE OMITE LA IDENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), a quien se le acusa por la comisión del delito de AUTOR EN EL DELITO DE PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 en concordancia con el articulo 276 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Constituido el Tribunal por el ciudadano DR. LIEXCER AUGUSTO DIAZ CUBA Juez Suplente Segundo en funciones de Control de la Sección Penal de Adolescentes, y la Abg. PATRICIA ORDOÑEZ Secretaria, el ciudadano Juez solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes y en consecuencia se constató que se encuentran presentes el Abg. FREDDY OCHOA PERALTA, Fiscal 31° (A) del Ministerio Público Especializado de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la Defensora Publica N° 04, Abg. LUISETTE JIMENEZ, en su carácter de Defensora del mencionado adolescente; de igual forma se deja constancia de la incomparecencia: del adolescente imputado (SE OMITE LA IDENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), quien fue debidamente notificado por medio del artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal; es por lo que este despacho judicial acuerda DIFERIR la presente Audiencia Preliminar, visto que el imputado de actas en las fechas 11/11/2010, 29/11/2010 y 10/12/2010 no ha comparecido al llamado judicial, este Tribunal en funciones de Control en consecuencia, decreta: PRIMERO: la REBELDIA del ciudadano adolescente (SE OMITE LA IDENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: Se ordena la UBICACION y CAPTURA del adolescente (SE OMITE LA IDENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), ya identificado, y en consecuencia se acuerda OFICIAR al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, atención SIPOL; a los fines de solicitar la ubicación captura del adolescente de autos, quien una vez aprehendido deberán trasladarlo hasta la Casa de Formación Integral Sabaneta y notificar a este despacho. TERCERO: Quedan notificadas las partes presentes en el acto. Se ordena oficiar al Departamento del Alguacilazgo a objeto de notificar al representante de la victima. Líbrese los respectivos oficios, quedando notificadas las partes presentes en este acto de la audiencia. Concluyó el presente acto siendo las doce horas del mediodía (12:00 PM). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES (S),

DR. LIEXCER AUGUSTO DIAZ CUBA


LA FISCAL (A). 31° DEL MINISTERIO PÚBLICO,

ABOG. FREDDY OCHOA PERALTA.

LA DEFENSORA PUBLICA N° 04,

ABOG. LUISETTE JIMENEZ

LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ


LADC/MAHP.-
Causa N° 2C-2458-08// 24-F31-128-08.-
ASUNTO N° VPO2-D-2008-000313.-