REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISIÓN 4885-10
Siendo las Diez de la mañana, del día VENTICUATRO DE ENERO DEL 2011. en horas hábiles de despacho, se traslada y constituye este Tribunal Ejecutor a objeto de cumplir con la medida comisionada por el juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada u San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente No.03402, en el juicio de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO incoado por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL ZAPARA contra el ciudadano a tales efectos el tribunal de la causa decreto Medida Ejecutiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad del demandado del ciudadano NORBERTO DE JESUS PIÑA, titular de la cedula de identidad No.3.643.873, hasta cubrir la cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs.19.320.00) doble de la suma reclamada de conformidad con el articulo 14 de Ley de Propiedad Horizontal y articulo 630 del Código de Procedimiento Civil en caso de embargar cantidades de dinero Será Hasta cubrir el setenta y cinco por ciento de la cantidad ordenada a embargar. Seguidamente el tribunal se constituye, con el personal y auxiliares de justicia en compañía del ciudadano JORGE LUIS LABRADOR PEROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.3.452.635, de este domicilio actuando con el carácter de administrador de la Junta de Condominio del conjunto Residencial Zapara, carácter este que consta en acta de asamblea extraordinaria celebrada por los copropietarios del señalado conjunto residencial en fecha 19 de agosto del 2010, y a los efectos vivendi presenta en este acto debidamente asistido por el abogado en ejercicio ELVIS NEHOMAR MENDEZ, inscrito en el inpreabogado No. 133.046, en la dirección que señala a continuación: Residencias Zapara, Avenida 7 entre calles 54 y 55ª, torre 3, apartamento 4B, piso 4 del Municipio Maracaibo Estado Zulia. De inmediato se procedió a notificar a un ciudadana que se encontraba presente en el sitio quien permitió el acceso a este tribunal y a petición de esta juzgadora se identifico con cedula personal como NAYURAT BENITA PIÑA CASTILLO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.14,207,480, quien dijo ser hija del demandado de autos. Acto seguido esta juzgadora le explica el motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor permitiendo la lectura integral del exhorto, de igual manera se le indica que podría hacerse acompañar de abogado de confianza.- En este estado la notificada expone. “Ciudadana Jueza mi papa el Ciudadano NORBERTO PIÑA, falleció en el año 2006, y desde ese momento nosotros conjuntamente con su viuda hemos tratado de solucionar todos los pasivos que a su muerte dejo, con respecto a la deuda de cuotas de condominio no ha existido hasta la fecha un acuerdo satisfactorio entre las partes. En estos momentos en consigno copia certificada del acta de defunción de mi padre NORBERTO DE JESUS PIÑA, fallecido el día 21 de febrero del 2006, asentada en los libros que lleva la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa de esta ciudad, bajo el No. 124, año 2006, Libro No.1, en original y con sello húmedo, a los efectos legales correspondiente.- el Ciudadano JORGE LABRADOR, con el carácter indicado en la presente acta debidamente asistido por profesional del derecho expone: ”En virtud de que estamos en conversaciones para llegar a un arreglo extrajudicial, solicito al tribunal ejecutor se abstenga de practicar la medida para la cual fue comisionado y conserve la presente comisión en los archivos de su despacho, es todo “ En este estado este tribunal ejecutor vista la solicitud realizada por la parte ejecutante, se abstiene de practicar la medida para la cual fue comisionado y mantiene la presente comisión en los archivos de su despacho, asimismo acuerda el regreso a su sede. El tribunal estuvo custodiado por el funcionario policial del Cuerpo de policía del Estado Zulia, ENDER PRADO, credencial 1242.- La presente actuación no causo ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Concluye el acto siendo la ONCE Y TREITA MINUTOS DE LA MAÑANA DEL DIA DE HOY.- terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez,
La Notificada.
Abg. Zimaray Carrasquero
El secretario(a)
El ejecutante y su abogado Aníbal A. Pernía
Asistente,
Funcionario Policial
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