En el día de hoy, Veintiuno(21) de Enero del año 2.011, siendo la 1:30 minutos de la mañana, horas de despacho, se dispuso el TRIBUNAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, MIRANDA, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA al traslado al Municipio Lagunillas del Estrado Zulia, en el día y hora fijados por el tribunal para llevar a efecto la ejecución de la medida preventiva de embargo contentivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana YARLENE DEL VALLE BRAVO MADRID, obrando en representación del niño BRAYAN DAVID GUTIERRREZ BRAVO, en contra del ciudadano KELSY ANTONIO GUTIERREZ, la por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y para lo cual fue exhortado este tribunal .- A señalamiento de la parte actora YARLENE DEL VALLE BRAVO MADRID, titular de la cedula de identidad N° V-19.626.042 asistida en este acto por la abogada en ejercicio JACKELIN M, siendo las 2:15 minutos de la tarde, en las afueras de la sede de la empresa DUCOLSA ubicada en la Avenida Cristobal Colon Centro Comercial Subeca, Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del estado Zulia; siendo atendido por un funcionario de la milicia oficial GIOVANNI LUJANO, Titular de la Cedula de Identidad N° V-15.158.690, quien manifestó a este tribunal que la empresa DUCOLSA no estaba funcionando en el dia de hoy porque estaban realizando trabajos de fumigacion