REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta
La Asunción, 14 de enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO: OP02-V-2010-000591
PARTES INTERVINIENTES:
ACTORA: JOSE VICENTE SALAZAR SUBERO, titular de la cédula de identidad número 14.285.265 y domiciliado en el Municipio Tubores del estado Nueva Esparta,

ASISTENCIA LEGAL: Abg. Carmen Cueto, Fiscal VIII (E ) del Ministerio Público en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.

DEMANDADA: SONIMAR GABRIELA ROMERO, titular de la cédula de identidad N: 18.939.885 y domiciliada en el Municipio Antolín del Campo del estado Nueva Esparta.

ASISTENCIA LEGAL: Abg. Yldegar García, Defensor Público Primero en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial.

MOTIVO: REVISION DE CUSTODIA.

Se inició este Asunto con ocasión a la Demanda incoada por la Abg. Carmen Cueto, Fiscal VIII (E ) del Ministerio Público en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por petición del ciudadano JOSE VICENTE SALAZAR SUBERO, contra la ciudadana SONIMAR GABRIELA ROMERO, identificado en autos por REVISION DE CUSTODIA en beneficio de la niña (omitido conforme a la ley), admitida la misma y fijada para el día 14-01-2011 a la 1:30 pm la oportunidad para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el Artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, anunciado dicho Acto en la referida oportunidad a las puertas del Circuito Judicial de Protección, y solo se constató la presencia de la parte demandada en compañía de la niña, asistida del Abg. Yldegar García, Defensor Público Primero en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, y se concedió una hora de espera. Transcurrido dicho lapso, sin que se hubiere verificado la presencia de la parte actora ciudadano JOSE VICENTE SALAZAR SUBERO, ni por sí ni por intermedio de apoderado, y en virtud de que solo se encuentra presente la ciudadana SONIMAR GABRIELA ROMERO, es por lo que esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 472 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano JOSE VICENTE SALAZAR SUBERO, titular de la cédula de identidad N: 14.285.265 dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, por lo que el demandante no puede volver a presentar su Demanda antes que transcurra un mes. TERCERO: Remítase este Asunto al archivo para su custodia y cuido. Así se Decide. Cúmplase
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en La Asunción, a los catorce (14) dias del mes de enero del año 2011. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza

Abg. Eudy Díaz Díaz.
La Secretaria

Abg. Yiseida Mora.
En la misma fecha, siendo las 2 :50 pm se agrega a las actas la presente sentencia. Conste.

La Secretaria