REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 27 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-003283
ASUNTO : NP01-P-2010-003283
A los fines de fundamentar el pase a juicio, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido a el acusado MARTINEZ CORTEZ ANSONY JOSE, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:
Identificación del Acusado
1: ANSONY JOSE MARTINEZ CORTEZ, venezolano, de 20 años de edad, Estado Civil: soltero , hijo de: ARGELIA CORTEZ (v) y de AGUSTIN MARTINEZ (V), de profesión u oficio obrero, natural de Punta De Mata Estado Monagas, nacido en fecha 04/04/90, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.935.880, domiciliado en: LA TOSCANA CASA SIN NUMERO SECTOR LA CEIBA, ENTRE EL BARRIO BOLIVAR Y LA CEIBA CERCA DELMODULO POLICIAL teléfono 0426-6940307.
De los Hechos y Motivos en Relación del acusado
“En fecha 29-04-2010, siendo aproximadamente las 5:00 horas de la mañana funcionarios Adscritos a la Comisaría del Municipio Cedeño, dependiente de la Dirección de la Policía del Estado Monagas encontrándose de servicio de patrullaje, cuando se trasladaban por la Autopista de Jusepín, caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas, avistaron un vehículo modelo century, color marrón, el cual era tripulado por varios ciudadanos , a quienes se les dio la voz de alto, estos hicieron caso omiso y se dieron a la fuga, presentándose una persecución, logrando darle alcance a pocos minutos de la persecución específicamente en el caserío merecure, en ese momento dos de ellos abrieron la puerta del lado derecho del vehículo y se lanzaron del mismo emprendieron la huida en veloz carrera hacia una zona boscosa, pudiendo aprender la hoy imputado ciudadano Ansony Martínez Cortez, al realizar la revisión del vehículo se incauto en el maletero del mismo un (1) transformador de energía eléctrica de color blanco, el cual había sido sustraído de uno de los postres de un galpón donde funciona la sede de la red social Mezcla de Fertilizantes los Tres Galpones, propiedad de la Alcaldía del Municipio Cedeño, ubicado en la vía agrícola en la carretera de Caicara, Vento Fresco, motivo por el cual fue aprehendido”.
Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica
Se admite la acusación presentada por parte del FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. ELIANA DOMINGUEZ, en contra del ciudadano ANSONY JOSE MARTINEZ CORTEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinales 1 y 8 y por el delito de DAÑOS A OBRAS PÚBLICAS previsto y sancionado en el artículo 360 ambos del Código Penal, perjuicio del Estado Venezolano, por considerar la misma ajustada a derecho y a los hechos expuestos y por estar llenos los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
Pruebas Admitidas
Se admitieron en su totalidad las pruebas presentadas por parte de la Vindicta Pública, en relación a los expertos, testigos, y pruebas documentales, por considerarlas que fueron obtenidas de manera legal y lícita y son útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad en el presente caso. Y se admitió la calificación dada por la representación Fiscal.
Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, que pesa en contra del acusado, por cuanto hasta este momento no han variado las circunstancias que dieron lugar a la misma. Y se Extienden las presentaciones cada 45 días, ante la Sede del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
Orden de Abrir el Juicio Oral y Público
Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° Y 9, 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para el ciudadano: ANSONY JOSE MARTINEZ CORTEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinales 1 y 8 y por el delito de DAÑOS A OBRAS PÚBLICAS previsto y sancionado en el artículo 360 ambos del Código Penal, perjuicio del Estado Venezolano. Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.
Instrucción al Secretario
Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía QUINTA del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal. CUMPLASE.-
La Juez
ABG. MIRLA ELIZABETH ABANERO DE VIVAS
El Secretario
ABG. . GERMAN SALAZAR