ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001881.
PARTE ACTORA: EDUARDO PACHECO BETANCOURT
APODERADO DE LA PARTE ACTORA : LEONELA LOPEZ.
PARTE DEMANDADA: E & E PUBLICIDAD, C.A.
APODERADA LA PARTE DEMANDADA: VALENTINA VILLALOBOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES .
En el día hábil de hoy, 12 de ENERO de 2011, siendo las 3:00 de la TARDE, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de Audiencia Preliminar, comparecen los apoderados judiciales de la parte actora, y de la parte demandada quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada la Sociedad Mercantil E & E PUBLICIDAD, C.A ,le cancela la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES ( Bs 11.000) al EXTRABAJADOR EDUARDO PACHECO BETANCOURT , titular de la cedula de identidad No 16.312.506 , mediante cheque de gerencia No 04066574, de fecha 11 de Enero de 2011 girado contra el Banco Occidental de Descuento , La parte actora acepta recibirla, para cubrir todos y cada uno de los conceptos reclamados, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado, se le de el carácter de cosa juzgada, . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se da por terminado el expediente y se ordena el cierre definitivo del expediente. Así se decide.
La Juez.
La Secretaria.
Abog. Marianela Bravo.
Los Presentes
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