REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (11) de Enero de Dos Mil Once (2011)


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-002341
PARTE ACTORA: RAFFALI VERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NISLEE PEÑA PEÑA
PARTE DEMANDADA: SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJENDRO FEREIRA
MOTIVO: PRETACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 11 de Enero de 2011, siendo las 9:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, presenta el abogado ALEJENDRO FEREIRA actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A. quien consigno documento poder en copia simple el cual se agrega a las actas que conforman el presente asunto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 y 200.



El Juez

El Secretario

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes