REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

Maracaibo, trece de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: VP01-R-2010-000580
ACTA

Se inició el acto por el Juez MIGUEL AGUSTÍN URIBE HENRÍQUEZ, con la presencia de la Secretaria Marinés Cedeño y el Alguacil Jim Salas.

Constituido el Tribunal en el Salón de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación ejercido por ambas partes, contra la decisión de fecha 22 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano ÁNGEL FRANCISCO RAAL VÍLCHEZ, frente a las sociedades mercantiles DISTRIBUCIONES LATINO MARACAIBO, C.A., (DISLAMAR, C.A) y LATINO DISTRIBUCIONES, C.A., (LADICA).

Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Alicia Villalobos y Mario Jolley Urbaneja, en representación de la parte demandante recurrente, asimismo, se deja constancia de la comparecencia del abogado Aaron Belzares, en representación de la parte demandada, igualmente recurrente.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante, a través de su representación judicial, quien expuso los motivos de su apelación, asimismo, se le otorgó el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, quien expuso igualmente los motivos de su apelación.

Una vez concluidas las exposiciones, ilustrado como se encuentra el Tribunal, se retiró a deliberar por sesenta minutos. Finalizada la deliberación, el Juez lee la decisión: En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 22 de noviembre de 2010, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la misma decisión. 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ÁNGEL FRANCISCO RAAL VÍLCHEZ, frente a las sociedades mercantiles DISTRIBUCIONES LATINO MARACAIBO, C.A., (DISLAMAR, C.A) y LATINO DISTRIBUCIONES, C.A., (LADICA). 4) SE MODIFICA el fallo apelado. 5) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales dada la naturaleza parcial de la decisión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del presente fallo, con la motivación y demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
El Juez,

Miguel A. URIBE HENRÍQUEZ

LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE

LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA RECURRENTE

La Secretaria

Marinés Cedeño