En horas de despacho del día de hoy, seis (06) de Diciembre de dos mil once (2011), siendo las diez y treinta minutos de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO en el juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por la ciudadana CHERILD CAROLINA CONTRERAS CAROLL en contra del ciudadano WILMER JOSÉ RÚA GIL; se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Despacho por el Alguacil del Tribunal y se procedió a realizar el acto estando presente la abogada GENOVEVA DAAL CHIRINOS, en su carácter de Fiscal 32° (encargada) del Ministerio Público y no estando presente ninguna de las partes, ni por si, ni por medio de apoderados. En este estado la representación fiscal del Ministerio Público expuso: En virtud de la no comparecencia de la parte actora al presente acto, solicito al Tribunal se sirva declarar extinguido el presente proceso. Vista la exposición de la Fiscal 32° del Ministerio Público, este Tribunal declara EXTINGUIDO el presente proceso de divorcio, de conformidad a lo previsto en el Artículo 758 del Código de Procedimiento Civil. Termino, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,
La Secretaria,
Carlos Eduardo Márquez
María Rosa Arrieta.-
La Fiscal,




En la misma fecha se dictó y publicó la anterior resolución bajo el N° 21.-
La Secretaria,

María Rosa Arrieta.-


CRF/nbc