REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 09 de diciembre de 2.011
201° y 152°
Recibido. Désele entrada. Fórmese pieza y numérese. En aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Comparece la ciudadana ANA GRACIELA MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.807.961, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, asistida por el abogado en ejercicio CHRISTIAN ARMANDO KÜHN HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.795.320, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 83.388, de este mismo domicilio, solicitando se declaren suficientes los derechos que tiene ella y el ciudadano NELSON ALBERTO MANZANO JANSEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. 5.304.603, como Únicos y Universales Herederos del causante NELSON ALBERTO MANZANO MORILLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.098.634 y falleciera en el Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en fecha 15-10-2.011; observa el Tribunal que el solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Copia certificada del Acta de Defunción el ciudadano NELSON ALBERTO MANZANO MORILLO, signada con el No. 12, de fecha 25-10-2.011, expedida por el Registro civil de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia; 2) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano NELSON ALBERTO MANZANO MORILLO signada con el No. 1344, de fecha 20-10-2.011, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio Autónomo San Francisco del estado Zulia; 3) Copia simple de la cédula de identidad de los ciudadanos ANA GRACIELA MORILLO y NELSON ALBERTO MANZANO JANSEN. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos ANA GRACIELA MORILLO y NELSON ALBERTO MANZANO JANSEN como Único y Universal Heredero de la causante NELSON ALBERTO MANZANO MORILLO. Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjese copia certificada para formar expediente.
LA JUEZ TITULAR,
Abog, GLENY HIDALGO ESTREDO.
EL SECRETARIO,
Abog. JUAN CARLOS CROES.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. EL SECRETARIO.
GHE/jlg.