En horas de despacho del día de hoy jueves primero de diciembre de 2011, siendo las 9:10 a.m., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5138-11 conferida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 01, relacionada con el Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue NELINA GARCÍA CABARCAS contra YORVIS MANUEL URDANETA, titular de la Cédula de Identidad Número 15.658.937 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la ZONA EDUCATIVA, DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, se procedió a notificar a DEIDY URDANETA, titular de la Cédula de Identidad Número 7.977.013, con el carácter de SECRETARIA y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de YORVIS MANUEL URDANETA, expuso:”Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano YORVIS MANUEL URDANETA, parte demandada, como trabajador de la Unidad Educativa María Antonia Herrera, adscrito a la Zona Educativa del Estado Zulia.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del salario, vacaciones, aguinaldos, horas extras, bonos nocturnos, bonos de alimentación o cesta ticket y utilidades; B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre cualquier otro beneficio que pueda percibir el ciudadano YORVIS MANUEL URDANETA, antes identificado, como trabajador de la mencionada Unidad Educativa María Antonia Herrera; C) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos; D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las prestaciones sociales en caso de retiro, fideicomiso y caja de ahorro.- Y ASÍ SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener en los literales a, b, y c deberán ser entregadas directamente a la ciudadana NELINA GARCÍA CABARCAS, titular de la cédula de identidad número 18.664.801 en cheque de gerencia y las retenidas en el literal “d” deberán remitirlas en cheque de gerencia al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, expediente No. 20.794.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ


ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO



LA SECRETARIA Temp.
5138-11.-