REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.305
En el día de hoy, 16 de Diciembre del año dos mil once, siendo las 10:30 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. CON SEDE EN CABIMAS EXP: 36579 Con motivo del Juicio de DIVORCIO seguido por la ciudadana ESTHER CAROLINA VARGAS GUTIERREZ, portador de la Cédula de Identidad No. V- 18.216.636, en contra del ciudadano LUIS ALEXANDER ESPINOZA RODRIGUEZ, portador de la Cédula de Identidad No. V- 18.259.493.- En este estado presente el ciudadano (a): JESUS QUINTERO de la Cédula de Identidad No. 15.557.984, quién se identifico con el carácter de ANALISTA DE GESTION, el Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó Medida de Embargo Preventivo sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario, que percibe el demandado ciudadano LUIS ALEXANDER ESPINOZA RODRIGUEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 18.259.493, como trabajador al servicio de la Empresa PDVSA. B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Utilidades, Liquidas para el presente año 2011, que devenga el demandado, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa PDVSA. C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los conceptos de Prestaciones Sociales, Fideicomiso e Intereses de Fideicomiso, Fondo de Ahorros que le pueda corresponder al ciudadano LUIS ALEXANDER ESPINOZA RODRIGUEZ, antes identificado, como trabajador de la Empresa PDVSA. Petróleo S.A ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario, que percibe el demandado ciudadano LUIS ALEXANDER ESPINOZA RODRIGUEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 18.259.493, como trabajador al servicio de la Empresa PDVSA. B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Utilidades, Liquidas para el presente año 2011, que devenga el demandado, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa PDVSA. C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los conceptos de Prestaciones Sociales, Fideicomiso e Intereses de Fideicomiso, Fondo de Ahorros que le pueda corresponder al ciudadano LUIS ALEXANDER ESPINOZA RODRIGUEZ, antes identificado, como trabajador de la Empresa PDVSA. Petróleo S.A. Las cantidades de dinero embargadas sobre el sueldo o salario, deberán ser entregadas directamente a la demandante ciudadana ESTHER CAROLINA VARGAS GUTIERREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 18.216.636, y las cantidades de dinero embargadas sobre las utilidades, liquidas, prestaciones sociales, fideicomiso e intereses de fideicomiso y fondo de ahorros a retener deberán ser remitida en cheque de gerencia a nombre a del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. CON SEDE EN CABIMAS EXP. No. 36579 En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:35 AM.-

LA JUEZ.

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA P