REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta

La Asunción, 13 de Diciembre de 2011
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2011-000553
ASUNTO : OP01-P-2011-000553

Vista el escrito presentado por la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico de este Estado, en esta misma fecha, donde solicitan se le haga un alcance a la decisión emanada de este Juzgador en fecha Nueve (09) de Diciembre de este mismo año puesto que por error involuntario se Levantaron todas las Medidas precautelativas siendo que el petitorio Fiscal solo se referían al Levantamiento de la Medida Precautelativa de Enajenar y Gravar sobre la Parcela 1-A de la Urbanización Las Marites, a los fines de resolver lo peticionado por la Vindicta Publica este Tribunal observa:

Las representantes de la Vindicta Publica, exponen las circunstancia de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, donde se da inicio a la investigación N° 17-F5-2467-10, en virtud de la denuncia formulada en fecha 22 de Noviembre de 2010 ante la Fiscalía Superior del Estado Nueva Esparta por los ciudadanos MERCEDES MARIN titular de la cédula de identidad 9.300.717; FRANCISCO RAFAEL ERCOLANO CHACIN titular de la cédula de identidad nº 9.302.760, CARLOS FLORES titular de la cédula de identidad Nº 9.862.257, EIVAN MARIN CARDONA titular de la cédula de identidad Nº 4.655.357, EUGENIO JOSE NARVAEZ MARCANO titular de la cédula de identidad Nº 4.649.806, JOSE RAMON HERNANDEZ titular de la cédula de identidad Nº 9.302.614, HUMBERTO NARVAEZ ROJAS titular de la cédula de identidad Nº 13.191.719, ANTONIO RANCES MALAVE ROSAS titular de la cédula de identidad Nº 12.673.133, HENBEL FANEITE IGLESIA titular de la cédula de identidad Nº 14.359.963, JULIO CESAR ORTUÑO MENDOZA titular de la cédula de identidad Nº 12.160.081, ALEISA ANDREINA MEDINA GALANTON titular de la cédula de identidad Nº 16.035.441 y SHAJID ANTONIO GREIGE TOVAR titular de la cédula de identidad Nº 15.201.958, JEAN PIERRE BOURGEON RODRIGUEZ titular de la cédula de identidad Nº 12.439.698, INGRID ELENA BARRIOS GUARAPANO titular de la cédula de identidad Nº 4.713.500, RAIZA DEL VALLE MILLAN VASQUEZ titular de la cédula de identidad nº 10.196.752, ALEJANDRO ANTONIO FAJARDO titular de la cédula de identidad nº 13.597.547 , CESAR BRACHO FIGUEROA titular de la cédula de identidad nº 10.945.858, BELKIS LEONOR IGLESIAS titular de la cédula de identidad nº 5.265.984, WINSTON GERARDO HERRERA MARRON titular de la cédula de identidad Nº 13.749.993, YARITZA MARIA SALAZAR NAVARRO titular de la cédula de identidad nº 14.063.211, SERVIO TULIO SALGES MALDONADO titular de la cédula de identidad nº 5.531.370 ,GERTRUDIS JOSEFINA RIERA DE SUAREZ titular de la cédula de identidad nº 2.883.686, ALICIA CRISTINA TANACHIAN titular de la cédula de identidad Nº 15.976.291, RAFAEL BERNABE MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nº 12.920.624, PAOLO PANTULIANO titular de la cédula de identidad nº 11.673.364, RAFAELLA PANTULIANO PALADINO titular de la cédula de identidad Nº 8.763.381, TATIANA PEÑA DIAZ titular de la cédula de identidad Nº 13.557.178, SILVA MORA FLORENTINO titular de la cédula de identidad Nº 1.586.105, CARLOS ALEXANDER ZAPATA titular de la cédula de identidad Nº 6.670.642, CARLOS MANAURE ONTIVEROS titular de la cédula de identidad Nº 6.960.224, OMAR JOSE MARCANO MARIN titular de la cédula de identidad nº 11.145.177, AGUEDA MARCELINA RODRIGUEZ titular de la cédula de identidad Nº 8.396.063, MIGUEL MARIN titular de la cédula de identidad Nº 13.167.713, MARYELSI TRINIDAD TABASCA titular de la cédula de identidad Nº 14.840.104, CARMEN VARGAS MARQUEZ titular de la cédula de identidad Nº 12.967.641, ALBERTO JOSE BENTANCOURT GUERRA titular de la cédula de identidad Nº 10.382.228, ADRIANA MARIA MONTERO RAMIREZ titular de la cédula de identidad Nº 11.120.882, KATINA DEL VALLE MARCANO ALFONZO titular de la cédula de identidad Nº 14.542.797, MORELA JOSEFINA LEON ESPINOZA titular de la cédula de identidad Nº 9.306.367, ARAUCANIA UCANIA VASQUEZ ALVAREZ titular de la cédula de identidad Nº 10.274.155, MARISOL MONTILLA FIGUERA titular de la cédula de identidad Nº 4.854.255, BETULIHA MONTERO titular de la cédula de identidad Nº 10.670.193, VENTURA GUERRA LUNA titular de la cédula de identidad Nº 2.829.613, CARMEN GUADALUPE MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nº 10.383.838, NELSON SALINAS GUTIERREZ titular de la cédula de identidad Nº 9.306.031, donde se desprende la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad. La Representación Fiscal señala que conforme a lo manifestado en la denuncia que le fuere distribuida, se observa que las empresas 1.- PROMOCIONES MARITES I C.A inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 06 de Marzo de 1998, anotada bajo el Nº 27, tomo 6-A, representada por ARNOLDO MORENO FERNANDEZ titular de la cédula de identidad nº 3.178.260, RICARDO CARTAYA FEBRES titular de la cédula de identidad Nº 3.659.175, LUCAS GUILLERMO O´DALY CARBONELL titular de la cédula de identidad Nº 3.185.949, ITAMAR MORENO titular de la cédula de identidad nº 4.351.723, y GUSTAVO CAMPIS titular de la Cédula de Identidad nº 3.188.048. 2.- PROMOCIONES MARITES II C.A inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 05 de Abril de 2006, anotada bajo el Nº 37, tomo 16-A, representada por LUCAS O´DALY CARBONELL titular de la cédula de identidad Nº 3.185.949; GERARDO DOMINGUEZ LEON titular de la cédula de identidad Nº 7.839.394, IVAN OROPEZA LHEMANS titular de la cédula de identidad Nº 3.411.300, BRUNO PLANTEGENEST titular de la cédula de identidad Nº 14.892.163; apoderado de la empresa EDGARDO ALFREDO CHIRINOS titular de la cédula de identidad Nº 7.744.046 (suscribe los contratos); FERNANDO LOPES ILLAS titular de la cédula de identidad nº 4.349.616 (suscribe los contratos como apoderado). 3.- PROMOCIONES BOCA DE RIO I C.A inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, anotada bajo el Nº 53 tomo 46-A, en fecha 31 de Julio de 2002 representada por representada por LUCAS O´DALY CARBONELL titular de la cédula de identidad Nº 3.185.949; GERARDO DOMINGUEZ LEON titular de la cédula de identidad Nº 7.839.394, IVAN OROPEZA LHEMANS titular de la cédula de identidad Nº 3.411.300 quienes apertura una sucursal en la Isla de margarita Estado Nueva Esparta Registrada en fecha 13-11-2006 por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Nueva Esparta, quedando anotada bajo el Nº 62, tmo 62-A-2006 de fecha 31-11-2006 . 4.- ASOCIACION CIVIL LAS MARITES inscrita en el Oficina Subalterna de Registro del Municipio Mariño de la Circunscripción judicial del Estado Nueva Esparta anotada bajo el Nº 29 protocolo primero, tomo 3 del tercer Trimestre año 2005, representada por VIRGINIO RAFAEL FERMIN GUERRA titular de la cédula de identidad Nº 4.653.242, celebran un contrato de compromiso de Compra –Venta u Opción a Compra, retardan la construcción de las viviendas por un lapso de más de un año, para luego bajo engaños, manifestándole a las victimas el alto costo de los materiales y la necesidad de un ajuste de precio, las induce a firmar un nuevo contrato de opción de compra venta estableciendo nuevo lapso para la entrega de la vivienda, comenzaban los trabajos y luego volvían a paralizar las obras. De la misma manera se observa la existencia de víctimas que aun cuando han cancelado la totalidad del costo de la vivienda, la empresa se niega a la protocolización ante el Registro, manifestándole a estas víctimas que deben pagar una diferencia por ajuste de precio o IPC verificándose un aumento de 100% del valor inicial de la vivienda. Igualmente se observa la venta de inmueble sobre parcela donde los representantes de las empresas han recibido cantidades de dinero y la obra a la actualidad no se ha iniciado ni existe movimiento de tierra, como son el parcelamiento: parcela P9 y parcela P10. Se observa la existencia de cuatro (4) empresas donde los representantes legales son los mismos, donde con una empresa trabajan una etapa firman opciones a compra, paralizan la obra, seguidamente crean otra empresa que firman opciones de compra sobre otra parte del terreno y al recibir las cantidades de dinero paralizan la obra, negándose a la protocolización de los inmuebles.

Ahora bien la Vindicta Publica una vez culminada la respectiva Investigación tal y como lo hace saber en el escrito de solicitud de levantamiento de medida observo que ya había cesado la causal como para el mantenimiento de las Medidas Precautelativas, en lo que respecta a la Prohibición de Enajenar y Gravar recaída en contra de la Parcela 1-A DE LA URBANIZACION LAS MARITES ubicada en la avenida Juan Bautista Arismendi Municipio García Estado Nueva Esparta. Por lo que tomando en consideración lo solicitado por la Vindicta Publica de estima quien aquí decide hacer un alcance a la Decisión emanada en fecha 09 de Diciembre del presente año y por consiguiente ACUERDA el Levantamiento de la Medida Precautelativa de Enajenar y Gravar sobre la Parcela 1-A DE LA URBANIZACION LAS MARITES. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, PRIMERO: se LEVANTA LA MEDIDA preventiva de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre la Parcela 1-A DE LA URBANIZACION LAS MARITES. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto los oficios emanados en su oportunidad legal con respecto al resto de las Medidas Precautelativas. TERCERO: Notifíquese a las partes intervinientes en el presente proceso Penal. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.

El Juez
Dr. Manuel Enrique Guillen Cova


El Secretario