REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




Este
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, diecinueve (19) de Diciembre de 2011
201° y 152°

Visto el escrito de oposición y sus respectivos anexos, conformado por diez (10) folios útiles, presentado el día viernes 16 de Diciembre de 2011, por ante el Secretario Accidental de este Tribunal Agrario, por las abogadas VICTORIA NAVIA QUINTERO y LUCIA SALAZAR FERMIN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 40.454 y 18.378, actuando en este acto en su condición de Apoderadas Judiciales de la GOBERNACION DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, según se evidencia de instrumentos poderes debidamente autenticados por ante la Notaria Pública de la Asunción Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, de fecha 01 de junio de 2005, bajo el Nº 11, Tomo 9, con motivo de la MEDIDA CAUTELAR PROVISIONAL DE PROTECCIÓN A LA CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES DE PESCA ARTESANAL, ALMACENAMIENTO, y DISTRIBUCIÓN DEL PRODUCTO DE LA MISMA, decretada en fecha 30/11/2011, por este Tribunal Agrario a favor del ciudadano CARLOS CAMPOS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.201.928, en su condición de Presidente de la Asociación Civil de Pescadores Artesanales de Puerto Moreno (ASOPEMORENO), en contra de LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, recaída en el EXP. Nº A-8.940-08 de la nomenclatura interna de este Despacho. En consecuencia, este Tribunal Agrario, lo recibe y ordena agregarlo al presente expediente.- Cúmplase.-
El Juez Provisorio,

Abg. Jorge Huerta Polidor.
El Secretario Accidental,

Abg. Armando Guevara.
Exp. A-8.940-08
JHP/AG/wm.