REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio
del Circuito Judicial Penal del estado Monagas
Maturín, 13 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-000870
ASUNTO : NP01-S-2011-000870


Por recibida comunicación de fecha 08 de Diciembre de 2011, de la Presidenta de este Circuito Judicial Penal, Abogada Doris Marcano Guzmán, en el que remite copia del oficio N° 13917-2011, emanado de la Jefa de la División de Investigaciones Penales de la Policía del Estado Monagas, Supervisora Jefa (PEM) María de los Ángeles Abrines Alcala, relacionado con la presente causa, seguida en contra del ciudadano JOSE ALCIDES CABANIEL PALMARES, cedulado N° 14.254.083, en el cual solicita con carácter de urgencia el cambio de Sitio de Reclusión del ciudadano antes mencionado, a objeto de descongestionar el hacinamiento existente en las áreas donde estos pernotan, asimismo el aludido ciudadano conjuntamente con otros internos amedrentan y despojan de sus pertenencias a los demás internos que pernotan en los calabozos y mantienen una actitud agresiva y hostil en contra de los funcionarios que prestan sus servicios diariamente en los calabozos; esta Juzgadora hace las siguientes consideraciones:
Se evidencia de las actas procesales que desde el 08 de mayo de 2011, se encuentra recluido en las instalaciones de la Comandancia de la Policía del Estado Monagas, el acusado JOSE ALCIDES CABANIEL PALMARES, cedulado N° 14.254.083, debido a que ingreso por un delito de flagrancia; ahora bien visto que el área de reten de dicha institución es una sala de guarda y custodia policial provisional, y no un centro de reclusión es por lo que esta Juzgadora, considera pertinente y necesario para la seguridad y estadía de los privados de libertad, siendo lo correcto ordenar el traslado del ciudadano JOSE ALCIDES CAVANIEL PALMARES, cedulado N° 14.254.083, hasta el Centro Penitenciario de Oriente, (La Pica); pues no tomar en cuenta tales parámetros atentaría contra el buen funcionamiento de las políticas criminales y penitenciarias en la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide.

DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: ÚNICO: Se ordena el traslado del ciudadano JOSE ALCIDES CABANIEL PALMARES, cedulado N° 14.254.083, hasta el Centro Penitenciario de Oriente, (La Pica).
Regístrese, Notifíquese. Publíquese. Cúmplase.
JUEZA DE JUICIO EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
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ABOGADA DULCE LOBATON B.


LA SECRETARIA

ABGA. YOMAIRA PALOMO E.