REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, dieciséis de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2011-001971
ACTA DE MEDIACIÓN
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
PARTE ACTORA: LUIS ALEXANDER CHOURIO FINOL, titular de la cédula de identidad: 14.136.458.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE SANDOVAL VILCHEZ, C.A. y CRISTIAN ENRIQUE SANDOVAL VILCHEZ
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Hoy, 16 de diciembre de 2011, siendo las 3:00 p.m., oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, presentes los ciudadanos LUIS ALEXANDER CHOURIO FINOL, titular de la cédula de identidad: 14.136.458; asistido por el abogado ASUNCIÓN GUTIERREZ, Inpreabogado: 37.846; y por TRANSPORTE SANDOVAL VILCHEZ, C.A. y CRISTIAN ENRIQUE SANDOVAL VILCHEZ, el abogado RAMON CELIS, Inpreabogado: 141.931; celebrándose la prolongación donde las partes llegan a un acuerdo por la cantidad de DIECISIETE MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 17.000,00); por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad a ser cancelada en este mismo acto, mediante cheque de gerencia ( no endosable), número: 00049379; de fecha 15 de diciembre de 2011, a favor de Luis Chourio; y en contra de Banesco Banco Universal; solicitando ambas partes se homologue el presente acuerdo. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público; HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman.
Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith Castro de Mendoza
Las Partes.
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