REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción ocho (08) de agosto de dos mil once (2011).-
201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2011-000341
PARTE ACTORA: JUDITH DEL CARMEN MARCANO ROJAS. (No compareció).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARÍA CELESTE RIVAS DIAZ.
PARTE DEMANDADA: MATERNIDAD EL ANGEL, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: HECTOR BRITO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, ocho (08) de agosto de dos mil once (2011), siendo la una y treinta de la tarde (01:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2011-000341, se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez FIDEL HERNÁNDEZ, con la asistencia de la Secretaria EVA ROSAS SILVA. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparecen por ante este Juzgado, el ciudadano RUBEN ANTONIO SALOMON FLORES, portador de la cédula de identidad número 6.559.030, en su carácter de Representante Legal de la empresa demandada, según se videncia de acta constitutiva debidamente registrada por el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 14-09-2001, quedando anotado bajo el N° 36, tomo 27-A, el cual presenta en este acto a efectum videndi a los fines de su devolución previa certificación en autos, debidamente asistido por el Abogado HECTOR BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.773, se deja constancia que la parte demandada consigna anexos constante de cinco (05) folios útiles a los fines de que surtan sus efectos legales. En este sentido, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
EL JUEZ,
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
Abg. EVA ROSAS SILVA
FH/ER/jmf.-
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