JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

Maracaibo, 02 de agosto de 2011
201° y 152°
Recibido. Désele entrada. Fórmese pieza y numérese. En aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Comparece el ciudadano ROBINSON SEGUNDO PEREZ REVEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.591.021, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio JULIA ELENA QUINTERO FERRER, inscrit0 en el Inpreabogado bajo el No. 55.393, solicitando se declaren suficientes los derechos que tiene como Únicos y Universal Heredero del causante ROBINSON ANTONIO PEREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.040.451, y falleciera en esta ciudad de Maracaibo en fecha 12-06-1991; observa el Tribunal que los solicitantes acompañaron los siguientes documentos: 1) copia simple de la cédula de identidad del ciudadano ROBINSON SEGUNDO PEREZ REVEROL; 2) Copia certificada del acta de defunción No.291, del ciudadano ROBINSON ANTONIO PEREZ, de fecha 13-06-1991, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia; 3) Copia simple de la cédula de identidad del ciudadano ROBINSON ANTONIO PEREZ; 4) Copia certificada del acta de nacimiento No.1433, del ciudadano ROBINSON SEGUNDO PEREZ REVEROL, de fecha 02-08-1991, expedida por Jefatura Civil del Municipio Bolívar de la Parroquia Maracaibo del Estado Zulia. 5) Original de Justificativo de Testigos evacuado por ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo de fecha 28-07-2011. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene el ciudadano ROBINSON SEGUNDO PEREZ REVEROL, como Único y Universal Heredero del causante ROBINSON ANTONIO PEREZ.- Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjese copia certificada para formar expediente.
LA JUEZ TITULAR,

Abog, GLENY HIDALGO ESTREDO.


EL SECRETARIO,

Abog. JUAN CARLOS CROES.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. EL SECRETARIO.


GHE/mr.-