En horas de despacho del día de hoy, Viernes Cinco (05) de Agosto de Dos mil once (2011), siendo las Diez y Cincuenta (10:50 AM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5022-11 conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA sigue ÁNGELA CHIQUINQUIRÁ SALAS GONZÁLEZ contra AVELINO SANTO MOCA CHOURIO y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Empresa CIVENSA, ubicada específicamente en la avenida prolongación Delicias Norte, cruzando por el Hospital Clínico, en Jurisdicción del Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- El Tribunal deja constancia que se traslado a las oficina donde funciona la empresa CINVENSA y una vez presente, en la dirección antes señalada, se percato que la misma se encuentra cerrada por lo que procedió a retirarse, regresando a su lugar de origen y ordena fijar nueva oportunidad en auto por separado.- Siendo las Once y Cinco minutos se cerro la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ


ABOG. GUILLERMO INFANTE





LA SECRETARIA Temp.




Comisión No. 5022-11.-
Gil/eva.-