En el día de hoy, Cuatro (04) de Agosto del año dos mil once (2011); siendo la 1:00 de la tarde, se dispuso continuar el traslado, en horas de despacho, por este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, A los fines de dar cumplimiento a la ejecución de la Medida de Secuestro sobre un Vehiculo, decretado en el juicio de Nulidad del contrato de venta, seguido por Asmiriam Violeta Córdova contra Eliodoro Pirela y Alejandro José Pirela, por ante el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- A Señalamiento de la apoderada judicial de la parte actora, Abogada Margarita González, titular de la cedula de identidad N°V-4.661.663 e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 34616, siendo las 1:15 minutos de la tarde se constituyo en las afueras de un Inmueble, ubicado en la calle Camino Nuevo, corredor Vial Camino Nuevo, en la casa Nº 195 en el ya prenombrado Municipio Santa Rita del Estado Zulia para constatar si estaba parqueado el Vehiculo sobre el cual versa la medida e identificado en el Despacho Comisorio, el cual se verifico no se encontraba, nuevamente el tribunal otorgo un lapso prudencial de tiempo para ver si llegaba, rodeando el sitio el cual fue infructuoso.- En este estado el tribunal otorgo el derecho de palabras a la Apoderada actora, quien expuso: Visto los traslados solicitados y acordados por este tribunal, y así mismo visto que no se encontró luego de varios intentos el Vehiculo a Secuestrar solicito a este tribunal, suspender la ejecución de la presente medid, e igualmente solicito se oficie al cuerpo de policía Regional del Municipio Santa rita, para que detenga el vehiculo y lo ponga a la orden de este Juzgado para posteriormente practicar la medida.-
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