REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 5137
En horas de Despacho del día de hoy diez ( 10 ) de Agosto de dos mil once (2.011) siendo las nueve y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Sociedad Mercantil Contrataciones del Zulia, C.A, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, acompañado del ciudadano ZEUS ENRIQUE HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-15.974.609, asistido en este acto por la abogada en ejercicio JOANNA BOHORQUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 85.967, a objeto de practicar medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el juicio de DIVORCIO, seguido por la ciudadana LISLERIS COROMOTO SOTO MARCHAN, titular de la cedula de identidad Nº V-17.188.822, en contra de ZEUS ENRIQUE HERNANDEZ DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-15.974.609. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano Rosa Elena Boscan, titular de la cedula de identidad Nº13.659.692, en su condición de Coordinadora de Campos. En este estado presente el ciudadano ZEUS ENRIQUE HERNANDEZ, asistido en este acto por la abogada en ejercicio JOANNA BOHORQUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 85.967, expuso: Pido al tribunal proceda a ejecutar la medida de Embargo Preventivo, decretado por el juzgado de la causa, sobre los conceptos especificados en el despacho de medida.