REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia Contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito penal del Estado Monagas
Maturín, 11 de Agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-006251
ASUNTO : NP01-P-2010-006251


Corresponde a este Tribunal decidir sobre lo solicitado por la ciudadana Jueza Provisoria Abogada MARIA FABIOLA TEPEDINO del Tribunal Primero de Primero Instancia de Juicio y Régimen procesal transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas quien expone: “A los fines de remitir a este Tribunal con carácter de urgencia, copia del Asunto Penal Nº NP01- P- 2010-006251, con motivo del Asunto de Divorcio Ordinario”.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR


En consideración de que la causa NP01-P-2010-006251, se procesa por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, siendo ésta una materia especial y en atención a lo dispuesto en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia; en Todos los procedimientos por esta materia especial de Violencia Contra la Mujer, se resguardan los derechos y garantías procesales de las personas sometidas a investigación, enjuiciamiento y sanción. En tal sentido, considera ésta Juzgadora que la presente solicitud debe ser justificada y fundamentada conforme a derecho a los fines de decidir sobre lo solicitado Y así se decide.-.
DECISIÓN:
Por todas las razones antes expuestas se resuelve: UNICO: Solicitar una ampliación de las razones de hechos y de derechos que fundamenten la solicitud de remitir copias del Asunto NP01-P-2010-006251, con carácter de urgencia, con motivo del asunto de DIVORCIO ORDINARIO.-líbrese el oficio respectivo de comunicación a la Jueza Provisoria ABGA. MARIA FABIOLA TEPEDINO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio y Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Diarìcese, Registres, Publíquese. Cúmplase.-


LA JUEZA

ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
LA SECRETARIA

ABGA. ROSA VALLENILLA