Comisión: 05481
GEOVANNY JOSE TINEO/ SOCIEDAD MERCANTIL EXILON PETROLEUM DE VENEZ, C.A,.
En horas de Despacho del día de hoy 08 de Agosto de 2011, siendo las 10:15 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el abogado en ejercicio ANDRES MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.967,en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante GEOVANNY JOSE TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.539.977, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el Tribunal Comitente: Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentado contra SOCIEDAD MERCANTIL EXILON PETROLEUM DE VENEZ, C.A, y siendo las 11:00 a.m, se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Carretera Nacional, sector Tropical, Materiales y Construcciones Herma, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por un perito avaluador el ciudadano JOAN MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.603.448, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo. El Tribunal declaro embargado preventivamente la maquinaria Marca Jonh Deere 670, de color amarillo y negro señalada por la parte actora y valorado por el perito avaluador designado en la cantidad de Ciento Cincuenta Mil Bolìvares (150.000 Bs), y por cuanto se hace imposible su traslado se dejo bajo la guarda y custodia del notificado, quien lo recibe y jura cuidarlo como buen padre de familia.
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