REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 01 de Agosto de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-002910
ASUNTO : NP01-P-2006-002910

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente Asunto Penal, se evidencia que hasta la presente fecha no se ha podido localizar al penado: MERVIN JOSÉ FIGUEROA, Titular de la Cédula de Identidad N°. V.-13.358.177, quien fue impuesto del Auto de Ejecución y Cómputo de la pena que le fue impuesta en su oportunidad legal, en fecha Dieciséis (16) de Mayo de 2007, posteriormente previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante Resolución dictada en fecha: 18/12/2007, le fue otorgado el Beneficio de La Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el lapso de Un (01) Año, Cinco (05) Meses, Veintiocho (28) días, cuyo lapso comenzaría a correr desde la fecha de la notificación del penado, la cual se hizo efectiva en fecha: 13/02/2008 y; este Tribunal para decidir en cuanto al cumplimiento del beneficio otorgado, hace las siguientes observaciones:

PRIMERO: Consta al folio Ciento Veinticuatro (124) de la presente pieza, Comunicación N°. UTSO-795, de fecha 20/07/2011, suscrita por el Licenciado: Kenny Idrogo Gil, Jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Monagas; a través del cual informa a esta Instancia Penal que el penado: MERVIN JOSÉ FIGUEROA, inició sus presentaciones ante esa Institución en fecha el día 134/02/2008, y permaneció cumpliendo con esa obligación hasta el día 20/08/2008, cuando se le dio una nueva cita para el día 17/11/2008, a la cual no asistió por razones que se desconocen, posteriormente la Delegada de Prueba Licenciada Mary Cortez, le envió un telegrama a su casa, ubicada en el Sector “Edgar Serrano”, Barrio Moscú, Calle Rojas, N°. 16, de la población de Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, Ipostel respondido que “fue devuelto por destinatario desconocido”, asimismo informa que el referido penado no ha cumplido con el servicio comunitario que le fue impuesto como condición en virtud del beneficio otorgado.
SEGUNDO: Ahora bien, vista la comunicación enviada por el Jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Monagas, y transcrita anteriormente, se debe destacar que este Despacho Judicial agotó las diligencias pertinentes a objeto de hacer comparecer ante el Tribunal, al penado de marras, a objeto que explique el motivo del incumplimiento de las obligaciones impuestas y explicara las razones de su indiferencia ante las mismas, siendo infructuosas su citación, por cuanto el mismo no pudo ser localizado; por lo que decide quien aquí se expresa que lo procedente y ajustado a derecho es ORDENAR LA APREHENSION del penado MERVIN JSOÉ FIGUEROA, Titular de la Cédula de Identidad N°. V.-13.358.177. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley; ORDENA LA APREHENSION, del penado: MERVIN JOSÉ FIGUEROA, quien es Venezolano, de 34 años de edad, Natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 21 de Noviembre de 1972, Titular de la Cédula de Identidad N°. V.-13.358.177, soltero, pescador, hijo de Francisco Suarez (f) y María Figueroa (V), domiciliado en el Sector Edgar Serrano, Bario Moscú, Calle Rojas, casa N° 16, Caripito Estado Monagas; una vez aprehendido se fijara Audiencia Especial, y se le dará cumplimiento a lo pautado en el Artículo 499 Único Aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia Notifíquese al Ciudadano Fiscal Séptimo de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público del Estado Monagas y a su Defensor, asimismo, se Ordena remitir Copia Certificada al Licenciado: Kenny Idrogo Gil, Jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación del Estado Monagas (UTSO). Ofíciese a los diferentes Órganos de seguridad del Estado a los fines de que Aprehendan al penado MERVIN JOSÉ FIGUEROA, Titular de la Cédula de Identidad N°. V.-13.358.177. Cúmplase.
LA JUEZA (T),


ABG. SULEIMA MENDOZA BLANCO.


LA SECRETARIA,

ABG.