REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, dos (02) de agosto de dos mil once (2011).
201º y 152º

ASUNTO: VP01-S-2011-000230
PARTE OFERENTE: TROPICAL ZULIANA, COMPAÑÍA ANONIMA.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MONICA TORRES.
PARTE OFERIDA: LUIS FORERO,
ABOGADA ASISTENTE DEL OFERIDO: ORLENY BAEZ
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES.

Vista y revisada como ha sido el acta transaccional presentada por ante la U.R.D.D. de este Circuito Judicial Laboral y recibida por este Tribunal en fecha veintiocho (28) de julio de 2011, la cual se da por reproducida en su totalidad, donde comparecieron la parte Oferida ciudadano LUIS FORERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 18.381.442, asistido por la abogada ORLENY BAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 114.923, por una parte, y por la otra la parte Oferente Sociedad Mercantil TROPICAL ZULIANA, COMPAÑÍA ANONIMA, representada por su apoderada judicial abogada MONICA TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 60.590, acta transaccional donde se evidencia que las partes, convinieron en fijar como arreglo total y definitivo la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (BsF. 2.379, 66), por todos los conceptos incluidos en el acta transaccional, suma esta que es cancelada por la oferente mediante cheque de gerencia consignado por ante este despacho signado con el No.09701955, girado en contra del banco Exterior, a nombre del ciudadano LUIS FORERO, de fecha 25 de julio de 2011, el cual fue recibido por el referido ciudadano. Acto seguido en vista de que la Transacción reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada, y se ordena el archivo definitivo del expediente.

Publíquese y Regístrese la presente decisión.

EL JUEZ

ABOG. JOSE SOTO ASPRINO
LA SECRETARIA

ABOG. MARIA A NAVEDA