REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.078.-

En el día de hoy, 29 de Abril del año dos mil once, siendo las 10:05 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa GALENICA, ubicada en la avenida 5 de Julio con 3E Residencias mi Bohío, Piso 1, Local 1 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP: No. 18395. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana REINA LUCERO MORALES ABREU, portadora de la Cédula de Identidad No. 20.148.247, a favor y único interés del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano MAYKEL ENRIQUE GONZALEZ REYES, portador de la Cédula de Identidad No. 18.919.511.- En este estado presente el ciudadano (a): RIXIO GILBERTO BRITO TIGRERA, titular de la Cédula de Identidad No. 7.610.263, quién se identifico con el carácter de SOCIO PRINCIPAL. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Provisional ordenando retener: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del salario que devenga el ciudadano MAYKEL ENRIQUE GONZALEZ REYES, portador de la Cédula de Identidad No. 18.919.511, quien se desempeña como empleado de la Empresa GALENICA, C.A.- B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso de la totalidad de las cantidades que le corresponda.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las Utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%)de los conceptos que han de corresponderles por concepto de Primas por hijos y útiles escolares.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las vacaciones y/o bono vacacional, las referidas cantidades en los conceptos establecidos en los literales “A, C, D y E” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos o remitirlas al Juzgado de la causa, y las retenidas en el literal “B” deberán ser remitidos en Cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 03. EXP. No. 18395. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECALRA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los siguientes conceptos: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del salario que devenga el ciudadano MAYKEL ENRIQUE GONZALEZ REYES, portador de la Cédula de Identidad No. 18.919.511, quien se desempeña como empleado de la Empresa GALENICA, C.A.- B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso de la totalidad de las cantidades que le corresponda.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las Utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%)de los conceptos que han de corresponderles por concepto de Primas por hijos y útiles escolares.- E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las vacaciones y/o bono vacacional.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:15 AM.
LA JUEZ,

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA

EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA

ABOG. KAREN MARGARITA NUÑEZ