REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 4910-10

En el día de hoy Lunes veinticinco (25) de Abril del año dos mil once (2011), siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 PM.), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la urbanización La Popular, vereda N° 7, casa signada con el N° 9, en Jurisdicción de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado GONZALO VELÁSQUEZ ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nos. 4.150.984, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 11.491, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la Medida de Secuestro decretada por el JUZGADO UNDECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO seguido por la Sociedad Mercantil LA CASA ELÉCTRICA, inscrita en el Registro de Comercio que llevo el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Zulia, el 3 de julio de 1936, bajo el N° 213, paginas 262 a la 263 en contra de la ciudadana VERONICA CHIQUINQUIRA CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 18.381.223. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada fuimos informados por la ciudadana MARIA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. 13.590.692, que la parte demandada ciudadana VERONICA CALDERON antes identificada, ya no habita en el inmueble. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Practico al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro” En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado GONZALO VELÁSQUEZ, antes identificado, expuso: “En virtud de la exposición hecha por la notificada ciudadana MARIA FERNANDEZ, antes identificada, solicito a este Tribunal Ejecutar suspenda la ejecución la Medida de Secuestro y remita las actuaciones al Juzgado de la causa en el estado que se encuentra. Es todo”. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, visto la solicitud realizada por el Apoderado Judicial de la parte actota abogado GONZALO VELASQUEZ antes identificado, SUSPENDE la ejecución de la medida fijada para el día de hoy, y ordena remitir las actuaciones al Juzgado de la causa en el estado que se encuentra. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta; menos la notificada por negarse a firmar. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la una y diez minutos de la tarde (1:10 PM), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


EL PERITO

LA SECRETARIA

ABG. KAREN M NUÑEZ.