REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, Catorce (14) de Abril de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: VP01-L-2011-000297.
Recibida el día de hoy, transacción realizada en fecha (13) de Abril del presente año, suscrita por la ciudadana BELKIS MILADY VACA RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-12.493.645, asistida por el abogado en ejercicio MANUEL RIVAS, inscrito en el inpreabogado bajo el número 84.345, en su carácter de parte actora y por la otra parte, la ciudadana SONIA BARBOZA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el número 47.091, apoderada judicial de las Sociedad Mercantil Unipersonal COMERCIAL, “L.O.”, actuando en su carácter de parte demandada; donde de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción en relación a los conceptos estipulados en la cláusula Primera del acta transaccional, los cuales se dan por reproducidos, con el fin de terminar la presente causa, conviene en que la sociedad mercantil unipersonal COMERCIAL, “L.O.”, le cancele a la ciudadana BELKIS MILADY VACA RANGEL, la cantidad de DIECISEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.16.500,00), que fueron cancelados en el acto, mediante un (01) cheque, bajo el número 28825475, girado contra la entidad Bancaria Banesco, de fecha (13) de Abril dos mil once (2011). Este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, revisada y visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, en relación a los conceptos estipulados en la cláusula Primera del acta transaccional, se le imparte el carácter de cosa juzgada, se ordena el sierre, archivo del expediente y su remisión al archivo judicial.
La Juez
Dra. Ana Ávila. La Secretaria.