REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 18 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003216
ASUNTO : NP01-P-2011-003216
DECLINATORIA DE COMPETENCIA

Corresponde a este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, vista las actuaciones del asunto signado bajo la nomenclatura NP01-P-2011-003216, del Imputado ESCORCIA JOSE MIGUEL, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.670.180, quien se encuentra solicitado por orden de captura, requerida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Estado Vargas, según oficio 3159 de fecha 14/10/2004, y expediente 0000426. El artículo 77 ejusdem, establece:

“En cualquier estado del proceso el tribunal que esté conociendo de un asunto podrá declinarlo mediante auto motivado, en otro tribunal que considere competente…”

Todo lo cual significa que al estar SOLICITADO el ciudadano hoy detenido ciudadano: ESCORCIA JOSE MIGUEL, por ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas, será competente el tribunal antes indicado , razón por la cual quien aquí decide Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas, a los fines de que se pronuncien con respecto a la situación Jurídica del mencionado ciudadano. ASÍ SE DECLARA.-

Se Acuerda se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, específicamente a la División de captura, para que con la urgencia del caso el mismo sea trasladado al Estado Vargas y a la orden del Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Estado Vargas . Todo de conformidad con el Primer Aparte del Articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se acuerda librar los respectivos oficios para el traslado del detenido, y la remisión de las presentes actuaciones. Cúmplase.

La Juez


ABG. MIRLA ELIZABETH ABANERO DE VIVAS



La Secretaria


ABG.