REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, ocho de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2011-000616
EXTINCION DEL PROCESO.
PARTE ACTORA: JOBADAD RINCON, titular de la cédula de identidad:20.779.641.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CENTRO DE COPIADO Y SERVICIOS, C.A. (COPYSERV, C.A.), y UNIVERSIDAD JOSE GREGORIO HERNANDEZ, MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy ocho (08) de abril de 2011; siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, por cuanto no estuvieron presentes ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 y el 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicable en este caso por analogía; este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO; ordenando, que una vez firme la presente decisión, se archive definitivamente el expediente. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ,
Mgs.. Judith del Carmen Castro.
El Secretario
Abg. Melvin Navarro.
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