REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, trece de abril de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO : VP01-S-2011-000099


HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

PARTE OFERENTE: PEPSICO ALIMENTOS S.C.A.
PARTE OFERIDA: OSCAR DAVID JIMENEZ JONES, titular de la cédula de identidad: 19.647.850.
MOTIVO: OFERTA DE PAGO.


Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 30 de mazo de 2011, suscrita por el abogado en ejercicio RAFAEL RAMIREZ, en su carácter de apoderado de PEPSICO ALIMENTOS S.C.A. y por el ciudadano OSCAR JIMENEZ, asistido por la abogada ALEJANDRA RODRIGUEZ; todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminada la presente causa y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.

Asimismo, se ordena expedir copias certificadas solicitadas por las partes, en acta de transacción.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario.


JC/jc
Abog. Melvin Navarro.